¿Has encontrado un piso para alquiler y quieres hacer reformas? Es el momento de negociar con el propietario. Con la nueva Ley del Alquiler 2012, se podrá descontar del precio del alquiler las obras de reforma. Sin embargo este punto es un arma de doble filo. Por un lado, parece justo que si el inquilino mejora las condiciones del piso haciendo obras en él y por lo tanto lo revalorice, el propietario aplique un descuento al precio por el cual lo alquila. Sin embargo los propietarios debéis tener en cuenta que os podéis encontrar con discrepancias con vuestro inquilino por el coste de las obras.
El funcionamiento debería ser que el inquilino presente sus facturas al propietario y que en función de éstas se aplique el descuento que acuerden las partes. En este escenario, se pueden dar los siguientes casos:
-El propietario cree que el precio por el que se ha pagado las obras sea superior al que él estaría dispuesto a pagar por las mismas obras.
-El propietario cree que la calidad de las obras es demasiado alta, es decir, que se han empleado materiales de muy alta calidad por lo que, efectivamente, su piso aumenta de valor, pero no lo suficiente para amortizar el coste de las obras.
-El inquilino presente facturas falsas (esperemos que no ocurra, pero siempre hay quien pueda ver esa oportunidad).
-Aparición de extras incomprensibles durante las obras. ¿Se incluyen en el presupuesto de las obras?
Para evitar este tipo de problemas recomendamos en primer lugar, que el propietario forme parte activa en la decisión de quién realizará las obras y en tipo de obras a realizar. Una vez decidido, en segundo lugar recomendamos que al firmar el contrato se adjunte un anexo en el que se describan las obras a realizar, así como un presupuesto con partidas y mediciones de las obras (os comentamos anteriormente el porqué aquí).
Con estos dos consejos os aseguraréis, tanto propietarios como inquilinos, que estáis de acuerdo con las obras que van a realizarse así como la empresa que va a llevarlas a cabo, implicando a ambas partes.
Sobre los posibles extras que podrían aparecer durante las obras aconsejamos que se acuerden asimismo entre las partes y se adjunten como anexos al mismo contrato de alquiler.