Ahora que estamos en tiempos de hacer la declaración de la renta hay que tener en cuenta que si bien el año pasado ya pudimos beneficiarnos de la deducción de hasta el 10% en obras de rehabilitación en viviendas de primera residencia, este año y para las facturas con fecha posterior al 8 de mayo de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2012 la deducción se amplia hasta el 20% e incluye también la segunda residencia según el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril que dice:
Se trata de una deducción a aplicar en el IRPF de hasta el 20% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación realizadas entre el 7 de mayo de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.
La ley contempla el 20% de deducción con las siguientes limitaciones según el sueldo:
- Si la base imponible del contribuyente es igual o inferior a 53.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros anuales.
- Si la base imponible está comprendida entre 53.007,20 y 71.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre la base imponible y 53.007,20 euros anuales.
- Si la base imponible es mayo a 71.007,20 euros anuales no puede deducirse nada.
El tipo de obras que pueden optar a dicha deducción son las mismas que el año pasado, básicamente las siguientes:
- Mejora de la eficiencia energética, higiene, salud, protección del medio ambiente en edificios y viviendas y utilización de energías renovables:
- Instalación de paneles solares.
- Mejora del aislamiento térmico.
- Mejoras en las instalaciones de calefacción y/o aire acondicionado
- Mejoras en las instalaciones de suministro de agua y saneamiento
- Actuaciones para garantizar la seguridad y estanqueidad de los edificios
- Intervenciones sobre elementos estructurales del edificio: muros, pilares, vigas, cimientos, etc.
- Instalaciones eléctricas
- Intervenciones sobre cubiertas y muros afectados por humedades.
- Mejora de la accesibilidad:
- Ascensores, rampas o dispositivos de acceso
- Elementos de información que permitan la orientación
- Adaptación a necesidades de las personas con discapacidad o de personas mayores de 65 años
Y pueden solicitarlas:
- Propietarios de viviendas o edificios de viviendas
- Inquilinos autorizados por el propietario
- Comunidades de propietarios
- Promotores de la actuación.
Casos interesantes que quedarían incluidos:
Instalación de un ascensor por parte de la comunidad de propietarios: Puedes deducirte el 20% de las derramas que has efectuado para las obras (con la limitación del suelo). Deberás tener el CIF de la empresa o empresas que han trabajado así como todos los importes desglosados.
¿Qué podrías deducirte si has hecho una reforma integral? Podrías deducirte las ventanas, puesto que si las cambias seguro que sean mejores que las anteriores; las instalaciones de agua, gas y electricidad podrías deducirlas siempre que estés adecuando la nueva instalación a la normativa actual (Códico Técnico de la Edificación C.T.E., Reglamento de Baja Tensión R.E.B.T, etc…) así que aseguraros de que se cumple dicha normativa; si decides aislar mejor la vivienda (colocando aislamiento térmico donde no lo había o aumentándolo);
No entrarían en este caso ni instalaciones de ADSL ni del portero automático ni de cualquier tipo de acabado meramente estético (parquet, puertas, cambio de interrupotores, mobiliario y sanitarios de baño o cocina) o cambiar sólo el aparato por uno más eficiente, por ejemplo, una caldera, una aire acondicionado, una lavadora, etc…No están incluídos si no comporta ningun tipo de obra añadido.
Podéis resolver más dudas en la página del ministerio de fomento.
3 pensamientos en “Deducción del IRPF del 20% por reformas en tu vivienda en tu declaración de la renta 2012”
En nuestra comunidad, 21 de los 48 pisos estamos realizando entre Diciembre de 2013 y Enero de 2014 el aislamiento de la fachada inyectando celulosa. ¿Esta obra podremos deducirla en el IRPF?
Hola Laura,
Sabes si hay nuevas deducciones de iva por reforma en baños en 2013 ??
Gracias
Teresa
Hola Teresa,
Todavía no nos ha llegado ninguna información. ¡Tranquila que en cuanto sepamos algo lo publicaremos! Un abrazo y ¡gracias por leernos!