El programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes se queda corto. Ya ha salido publicado en el BOE las ayudas que se darán para rehabilitación energética. Sólo habrá ayudas del 30% para la mejora del nivel de aislamiento térmico de los edificios existentes.
El tipo de “ayudas” para el resto de actuaciones son a través de financiación por parte del IDAE en forma de préstamo con 1 año de carancia, pero sin determinar ni el tipo de interés ni el período de devolución. Bajo mi punto de vista, estas ayudas, tan esperadas, por otro lado, se quedan muy cortas. Os resumimos todas las ayudas en este artículo.
¿Cuál es el objeto de este programa de ayudas?
El objeto de este programa de ayudas es incentivar y promover la realización de actuaciones integrales que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en los edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero) en España, donde un 58% de las viviendas se construyeron antes de 1979, es decir, antes de que se aplciara la primera norma sobre Condiciones Térmicas de los Edificios que determinaba el nivel mínimo de aislamiento térmico que debían tener los edificios.
La finalidad de esta norma es avanzar en una economía baja en carbono requiere actuaciones en los edificios de baja calidad energética, que en España se sitúan entre los construidos en las décadas de los años 50, 60 y 70, ya que nuestro país debe reducir, en el año 2020, con respecto al año 2005, el 10% de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Nos centraremos en las ayudas para viviendas existentes:
¿Qué tipo de obras podrán solicitar las ayudas para la eficiencia energética?
Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica:
Este tipo de obras comprenden: fachadas, medianeras, suelos en contacto con el terreno y paredes en contacto con espacios no habitables como garajes o zonas comunes del edificio si éstas están en contacto con el ambiente exterior).
Las actuaciones energéticas sobre la envolvente térmica podrán contemplar soluciones constructivas convencionales y no convencionales. Se entienden por soluciones constructivas convencionales las utilizadas habitualmente en los edificios para reducir su demanda energética como, por ejemplo:
- carpinterías exteriores
- vidrios
- protecciones solares
Se entienden como soluciones constructivas no convencionales las conocidas como medidas de «arquitectura bioclimática» como, por ejemplo:
- muros trombe
- muros parietodinámicos
- invernaderos adosados
- sistemas de sombreamiento
- ventilación natural
Habrá que justificar que las obras mejorar las condiciones de aislamiento térmico, justificándolo técnicamente y ofreciendo el nivel alcanzado, de ahí la necesidad de que estas obras las pueda realizar un profesional competente como un arquitecto, aparejador o ingeniero.
Ayudas: 30% de las obras con un límite máximo de 3.000€/vivienda
Préstamo: 60% con un máximo de 6.000€/vivienda
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas de calefacción,
climatización, ventilación, producción de agua caliente sanitaria, climatización de piscinas
e iluminación de los edificios residenciales. Básicamente son dos:
- Reforma de salas de calderas con sustitución de equipos de producción de calor para calefacción y agua caliente sanitaria por otros de alta eficiencia energética.
- Sustitución de energía convencional por energía solar térmica para la calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria tanto para edificios como para la climatización de piscinas.
- Colocación de un sistema de contabilización de consumos individuales en edificios con calefacción central cuya finalizadad sea el reparto adecuado de los costes en función del consumo.
- Sustitución de equipos de climatización por otros de alta eficiencia energética.
- Obras que permitan la mejora de eficiencia energética de las instalaciones de iluminación de las zonas comunes de los edificios, como luminarias, lámparas, sistemas de control automático de encendido/apagado y la reubicación de los puntos de luz para reducir consumos.
Préstamo: 90% con un máximo en función de la potencia del aparato sujeto de la ayuda
Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
Serán actuaciones elegibles las realizadas en instalaciones de calefacción, climatización, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas que incluyan sistema de intercambio humos/agua y que sustituyan a instalaciones de energía convencional existentes en edificios del sector residencial (uso vivienda y hotelero), incluyendo la modificación de redes de calefacción y climatización existentes.
Préstamo: 50% con un máximo en función de la potencia del generador (el aparato sujeto de la ayuda) o 90% si se incluye una memoria del proyecto de ejecución del sistema con un máximo en función de la potencia del aparato sujeto de la ayuda
Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.
Serán actuaciones elegibles las instalaciones de calefacción, climatización, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas que sustituyan instalaciones de energía convencional en edificios del sector residencial (uso vivienda y hotelero), incluyendo la modificación de redes de calefacción/climatización.
En el caso de las instalaciones de geotermia, se considerarán costes elegibles, además de lo indicado en el apartado sexto de la resolución, los siguientes conceptos:
- coste de la realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación,
- sondeos, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos necesarios para su explotación,
- redes de calor/frío y estaciones de intercambio
Préstamo: 90% con un máximo en función de la potencia del el aparato sujeto de la ayuda
Todo el programa completo aquí
5 pensamientos en “Ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes 2014”
tengo una vivienda unifamiliar antigua y queria mejorar el aislamiento pintando la fachada con materiales especiales para aislamiento, ¿seria subvencionable? en caso positivo me podrian decir a donde me deberia dirigir?
Hola Silvia, siempre y cuando un técnico pueda demostrar que mejoras la eficiencia energética de tu edificio, en principio sí podría ser subvencionable. En cualquier caso, te recomiendo que te dirijas a tu ayuntamiento donde podrán informarte de qué ayudas hay disponibles en tu comunidad. ¡gracias por leernos!