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El certificado de eficiencia energética, obligatorio para vender o alquilar una vivienda

El Gobierno obligará a partir del próximo 1 de junio a poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética.

MADRID, 5 Abr. (EUROPA PRESS) –   El Gobierno obligará a partir del próximo 1 de junio a poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética.

Etiqueta que deberán llevar los edificios mostrando su eficiencia energética

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, dentro de las medidas de apoyo a la vivienda y rehabilitación adoptadas, un Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.

Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios.

Como herramienta para facilitar la obtención de estos certificados, por mandato del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha elaborado los programas informáticos CE3 y CE3X, ambos publicados como documentos reconocidos a disposición de los técnicos certificadores.

Además, el IDAE se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas CE3 y CE3X.

El IDAE también se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.

OBLIGACIONES PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Igualmente, y como actuación ejemplarizante de las Administraciones Públicas, el Real Decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 metros cuadrados inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética.

Así, el complejo Cuzco que alberga a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas, ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética ‘C’.

100 MILLONES A MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

Además, el Ejecutivo ha aprobado un Real Decreto encaminado a mejorar la eficiencia energética y la utilización de las energías renovables en los edificios que permitirá, entre otras actuaciones, ayudas directas al cambio de calderas.

Con una dotación de cien millones de euros, este programa busca promover la realización de medidas de ahorro y eficiencia sobre la envolvente y las instalaciones térmicas de los edificios existentes de uso residencial, y la incorporación de energías renovables (biomasa y geotermia, principalmente).

Así, podrán ser beneficiarios de las ayudas o de la financiación de este programa las comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, las comunidades de bienes de los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente y las personas físicas propietarias de un edificio de viviendas unifamiliar.

Además, se considerarán actuaciones susceptibles de ayuda las actuaciones integrales en edificios de viviendas siempre que comprendan una o varias de las siguientes medidas que mejoren la calificación energética del edificio o viviendas afectadas.

Entre estas medidas, figuran la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica de los edificios de viviendas existentes y de las instalaciones térmicas de los edificios de viviendas existentes.

Asimismo, se recoge la opción de la sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existente y la sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones de calefacción, refrigeración y producción de agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes. La dotación económica del plan se repartirá equitativamente entre las cuatro tipologías de actuaciones anteriores.

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7 pensamientos en “El certificado de eficiencia energética, obligatorio para vender o alquilar una vivienda

  1. Agustin

    En la venta de una vivienda o alquiler hay infinidad de datos que no se corresponden, por eso pido el correspondiente certificado para vender una vivienda no creo que sea tan necesario

    Responder
  2. Reformas Salamanca

    Hola. Estamos realizando varias Reformas en Salamanca para mejorar la eficiencia energética y los pisos se puedan vender mejor.

    Responder

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