El 7 de Julio de 2011 se aprobó la obligatoriedad de la Inspección Técnica de les Edificios (ITE). Mediante las ITE, se pretende garantizar que todos los edificios españoles estén en buen estado de conservación, deber que establece la Ley del Suelo, y que se mantenga, por lo que se tratará de inspecciones periódicas.
Al hablar de edificios se refiere siempre a aquellos que contengan más de una vivienda, es decir quedan excluidas las viviendas unifamiliares.
La ITE es la acción de examinar un edificio por parte de un técnico competente (Arquitectos y arquitectos técnicos). Se trata de una inspección visual. El técnico tiene que proponer a la propiedad del inmueble hacer las pruebas que sean necesarias para poder inspeccionar los elementos importantes a los cuales no se haya podido acceder. En caso de detectar alguna situación anómala éste deberá comunicarlo al Ayuntamiento. La existencia de esta situación no condicionará el certificado de aptitud del edificio a menos que afecte a su estabilidad o seguridad.
Deberán pasar la ITE los edificios situados en poblaciones de más de 25.000 habitantes y de más de 50 años de antigüedad. Sin embargo, por lo general se deja que sea cada Comunidad Autónoma la que determine la forma y el calendario para la aplicación de esta ley.
Una vez se ha realizado el ITE, la comunidad de propietarios deberá actuar de la siguiente manera en función de la gravedad de las deficiencias detectadas:
Muy graves:
Adoptar con carácter inmediato las medidas oportunas para evitar situaciones de riesgo
Solucionar las deficiencias indicadas en los plazos indicados por el técnico.
Graves:
Adoptar con carácter inmediato las medidas oportunas para evitar situaciones de riesgo
Solucionar las deficiencias indicadas en los plazos indicados por el técnico.
Una vez finalizadas las obras se presenta solicitud de expedición del certificado de aptitud, adjuntando el informe del técnico y el Certificado Final de Obra del técnico que ha dirigido las obras, acreditando la correcta realización y corrección de las deficiencias.
Leves:
Llevar a cabo los trabajos de mantenimiento que especifique el técnico.
Ninguna:
No debe realizarse ninguna actuación.
El coste de la ITE dependerá mucho del tipo de edificio, pero puede rondar desde los 15€/vecino hasta los 100€/vecino según el número de viviendas que tenga el edificio.
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